COMUNICADO PARA LOS CONCIUDADANOS

 

PASAPORTE ELECTRÓNICO

 

 

Desde el 26 de octubre próximo las Oficinas Consulares en el extranjero y las “Questure” en Italia emitirán un nuevo modelo de pasaporte, de tipo electrónico, utilizando tecnologías más modernas que ofrecerán estándares más elevados de seguridad.

 

El pasaporte electrónico tiene características especiales de impresión anti-falsificación y un microprocesador que permite la inscripción de los datos, certificados electrónicamente, del titular del documento y de la Autoridad que lo ha emitido.

 

El costo del nuevo pasaporte, considerando la sofisticada tecnología utilizada, ha sido fijado por un Decreto emitido por el Ministerio de Economía: en Euro 44,66 (S/. 173.50) para el pasaporte de 32 páginas. El impuesto anual de concesión gubernamental permanece invariado y no tiene que ser pagado si se solicita un pasaporte válido sólo para circular en el interior de la Unión Europea.

 

La emisión del nuevo documento de viaje, previsto por un compromiso común europeo, permitirá continuar con el beneficio del Visa Waiver Program que autoriza el ingreso a los Estados Unidos o el tránsito en sus aeropuerto sin necesidad de visa. Desde el 26 de octubre próximo podrán, en efecto, ingresar o transitar por los Estados Unidos de Norteamérica exonerados de la visa sólo los titulares de un pasaporte electrónico, los titulares de pasaporte con foto digital emitido por las “Questure” antes del 26 de octubre de 2006 (las Oficinas Consulares non han emitido ese tipo de pasaportes), o los titulares de un pasaporte de lectura óptica emitido o renovado antes del 26 de octubre de 2005. Se hace recordar que los hijos menores podrán beneficiarse del Visa Waiver Program sólo si son titulares de un pasaporte individual, no siendo suficiente la inscripción en el pasaportes de unos de los padres.

 

Desde el 12 de octubre de 2006 todas las solicitudes de pasaportes deberán ser consideradas presentadas para la emisión de pasaportes electrónicos y, por lo tanto, se cobrará el relativo importe. De esta regla de carácter general podrán ser considerados como una excepción los casos de evidente urgencia, para los cuales (el pasaporte deberá ser emitido antes del 26 de octubre), se emitirá el pasaporte de lectura óptica.

 

Para las solicitudes de pasaporte efectuadas antes del 12 de octubre, se procederá a la emisión del antiguo pasaporte de lectura óptica antes del 25 de octubre próximo, cobrándose el relativo importe, a menos que los interesados soliciten expresamente la emisión del pasaporte electrónico, que en tal caso será emitido a partir del 26 de octubre, tras el pago de la diferencia prevista de acuerdo al precio del PE (pasaporte electrónico).

 

            Lima, 12 de octubre de 2006.